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Diligencia Debida en sostenibilidad

13/03/2023

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El Parlamento Europeo ha aprobado recientemente un nuevo texto sobre la Diligencia Debida con un objetivo muy claro: «garantizar que las empresas que operan en el mercado interior adopten medidas para identificar, prevenir, cesar y remediar los riesgos y daños sociales y medioambientales en sus operaciones y cadenas de valor». 

En un momento en el que el mundo se enfrenta al reto medioambiental y social más importante, son las empresas, ahora más que nunca, las que deben poner en marcha acciones proactivas y responsables en materia de sostenibilidad. Las consecuencias de no activar estos protocolos pueden ser graves para las empresas.

La Directiva sobre Diligencia Debida en materia de sostenibilidad de las empresas (Corporate Sustainability Due Diligence Directive, CSDDD) es una oportunidad para acabar con las prácticas empresariales que son perjudiciales para el planeta y los derechos humanos. Se trata además es un instrumento que ayudará a los negocios a gestionar de una manera más eficaz los riesgos que su actividad supone para la sostenibilidad.

La Debida Diligencia describe las medidas adoptadas por una empresa para identificar y prevenir los riesgos reales y potenciales de su actividad para las personas y el medio ambiente.

Está relacionada con la gestión del riesgo empresarial, pero se basa además en la comprensión de los riesgos de las actividades para las personas y el medio ambiente. Ahí radica precisamente su importancia, en la comprensión de los riesgos. Una empresa consciente es una empresa más eficiente a la hora de tomar decisiones.

Principios de la Debida Diligencia

La debida diligencia se guía por principios establecidos en normas internacionales como los Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos y las Directrices de la OCDE, en particular. Y así lo determinan:

1. La complejidad de la debida diligencia variará en función del tamaño de la empresa, el riesgo de que se produzcan impactos graves sobre los derechos humanos y la naturaleza y el contexto de sus operaciones.

2. Las empresas deben identificar y evaluar los impactos adversos reales y potenciales asociados a sus operaciones, productos o servicios, incluyendo las producidas por una relación comercial (por ejemplo, los impactos que se producen en las cadenas de suministro).

3. La acción apropiada depende de:

a) Si la empresa causa o contribuye a causar el impacto (entonces debe parar de hacerlo), o si sólo está directamente vinculada al impacto por una relación comercial (entonces debe tratar de prevenir o mitigar el impacto).

b) El alcance de su capacidad de influencia para abordar el impacto.

4. Las empresas deben hacer un seguimiento de la eficacia de su respuesta e informar sobre ello.

 

Jornada en Castellón

Ante la necesidad de las empresas de la provincia por conocer más y cómo afectan los cambios a las empresas de Castellón, desde la Cámara de Comercio de Castellón, junto con la Generalitat Valenciana, se han organizado para este año dos jornadas informativas sobre la Debida Diligencia sostenibilidad. El objetivo es dar a conocer la directiva a las empresas y facilitar el camino para identificar los riesgos y poner en marcha acciones correctoras en materia de compras, transporte y logística.

El pasado 21 de junio tuvo lugar la I Jornada sobre el concepto de Debida Diligencia en sostenibilidad y los retos en la gestión de la cadena de suministro a los que se enfrentan las empresas.

La segunda jornada está prevista para después del verano, día 26 de octubre.

Durante la I Jornada sobre Debida Diligencia en Sostenibilidad se analizaron las prácticas sostenibles en debida diligencia y en qué herramientas se están apoyando para facilitar la transición hacia la sostenibilidad.

Entre los asistentes, destacó la participación de Lorena García Villar, Directora del Club de Empresas Responsables y Sostenibles de la Comunitat Valenciana CE/R+S, Ana Benítez de GRUPO GIMENO, Noelia Martínez Lillo de GRUPO SGS y a Eugenio Vicente de XIOB GRUP. 

José Vicente Soler Gironés, Director General de Economía Sostenible y Gabriel Castañares Hernández, Director General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, participaron en la jornada: «El concepto de debida diligencia en sostenibilidad: RETOS EN LA GESTIÓN DE LA CADENA DE SUMINISTRO».

 

Este artículo se ha realizado en el marco de la Resolución de IVACE de concesión de una subvención al Consejo de Cámaras de la Comunitat Valenciana, para el fomento de la Sostenibilidad y Desarrollo Sostenible en el año 2023.


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